A- de 2010
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Sin Información·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Objeciones presidenciales al proyecto de ley número 227/08 Senado y 103/08 Cámara, por la cual se modifica el artículo segundo de la Ley 647 de 2001.
La Corte se abstiene de decidir hasta que se cumplan los presupuestos constitucionales y legales para hacerlo.
Se ordena poner en conocimiento del Presidente del Congreso de la República, con el fin de que sean enviadas a esta corporación la totalidad de los documentos requeridos para poder determinar, con base en las pruebas pertinentes, si para la aprobación del informe de objeciones presidenciales se cumplió con el procedimiento establecido.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. ABSTENERSE DE DECIDIR acerca de la objeción presidencial de la referencia, hasta que se cumplan los presupuestos constitucionales y legales para hacerlo.
- Segundo. ORDENAR que el presente auto sea puesto en conocimiento de los Presidentes del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, para que sean enviados a la Corte Constitucional la totalidad de los documentos requeridos para establecer si el proyecto de ley y las objeciones presidenciales formuladas, fueron tramitadas de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política.
- Tercero. APREMIAR a los Secretarios Generales del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, para que acopien los documentos requeridos y dispongan su envío a esta Corporación dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del presente auto.
- Cuarto. Una vez el Magistrado Sustanciador verifique que las pruebas requeridas han sido adecuadamente aportadas, se continuará el trámite de control de constitucionalidad a las objeciones presidenciales formuladas al proyecto de ley número 227 de 2008 senado y 103 de 2008 Cámara, "Por la cual se modifica el artículo
- segundo. de la Ley 647 de 2001".
- Notifíquese, publíquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
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